La contradicción fundamental

La contradicción fundamental

Institucional

Ante el fallo del Comité de Disciplina de la SuperLiga Argentina de Futbol | SAF, el CA Huracán apelará la sanción ante el Comité de Apelaciones del citado organismo y de acuerdo al resultado, agotará todas las instancias que le permitan revertir una medida que se considera un despropósito en general y una injusticia en particular.

Contamos con argumentos muy sólidos para explicar una vez más, como ordenamos el club y como a partir del mes de noviembre de 2018 comenzamos a estar más al día de lo que exige la SAF en el pago a los jugadores (sugestiva o sospechosamente se auditó el mes de octubre de 2018 y se eligió a Huracán como uno de los dos primeros clubes a ser auditados).

No nos vamos a detener en las 7 veces (casi 1 por página) que el fallo contra Huracán cita a San Lorenzo (casi como exhibiendo alguna clase de justificación), pero sí vamos explicar claramente la razón principal que consideraron para la sanción: el club emitió cheques (esto es medio de pago) sin perjuicio del A95 del Reglamento (esto es declaración jurada). Aquí empieza y termina el problema.

Ahora bien, Huracán pagó y paga los salarios de los jugadores por transferencia bancaria y las primas de estos por cheque, a partir de obligaciones contractuales previas con el plantel desde julio de 2017 (antes de que se creara la propia SAF); Huracán cumplió y cumple en tiempo y forma con todos los compromisos asumidos a través de cada cheque emitido (EL CLUB PAGA); Huracán mantuvo y mantiene permanentemente la regularidad de sus pagos (jamás se refinanció una deuda) y Huracán actuó y actúa de buena fe con respecto a reconocer el A95 (solo que amparado en condiciones a cumplir).

Finalmente, el fallo sancionatorio explícitamente sostiene la taxatividad de la norma con la que juzga. Esto es una verdad mentirosa. Cuando finalizaba el 2018 y atendiendo la disputa de partidos entre Huracán y la AAAJ y entre Huracán y el CASLA, se relativizaron (¿violaron?) los Artículos 9, 10, 18 y 20 del Reglamento… vale decir que se pensó y se actuó a partir de lo relativo de lo taxativo.

Así debería ser siempre, de otro modo la arbitrariedad lleva a la injusticia.

No obstante, todavía creemos que estamos ante una oportunidad histórica de cambiar la gestión del fútbol en la Argentina.

Quizás la SAF a través de estas medidas, entienda que los clubes se van a ordenar económica y financieramente, quitándole los recursos con los que subsisten pero que luego les exigen administrar; esta es la contradicción fundamental.

No está bien. No corresponde. No es lógico. No tiene sentido. No es justo.

 

El Secretario Fernando Moroni

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