Comunicado del Tribunal
El Tribunal de Honor pone en conocimiento de los socios y socias de la institución que, a través de la consulta efectuada en la página del Poder Judicial de la Nación, ha tomado conocimiento de que en los autos caratulados “NADUR, MIGUEL ALEJANDRO C/INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA S/RECURSO DIRECTO A CÁMARA”, se ha dictado sentencia rechazando las pretensiones del ex presidente y, en consecuencia, ratificando la sanción oportunamente decidida por este cuerpo.
Ello así, no obstante la vía recursiva extraordinaria por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se ha interpuesto, la pena se encuentra en condiciones de ser consolidada y ejecutada. En consecuencia, en la reunión celebrada el 30 de julio de 2024, el Tribunal de Honor ha decidido efectuar el cómputo de la pena de Alejandro Miguel Nadur, por el término de cuatro años desde que fuera suspendido provisoriamente el 19 de octubre de 2021, venciendo la misma el 18 de octubre de 2025.
Es de destacar que la decisión de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratifica todo lo actuado por los distintos órganos del Club (Subcomisión de Disciplina, Comisión Directiva, Tribunal de Honor y Asamblea de Representantes) y que fuera confirmado por la Inspección General de Justicia, resaltando el estricto cumplimiento de los procedimientos estatutarios y el respeto al derecho de defensa del socio sancionado.
Todo ello no hace más que poner de relieve -una vez más- que no existió persecución política ni intento de proscripción de la persona del ex presidente, sino que lo que se hizo a través de los órganos de gobierno, aplicando los procedimientos previstos al respecto, ha sido una defensa irrestricta de los intereses del Club Atlético Huracán.
Tribunal de Honor.